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Capítulo
Punto 231
Penitencia · Punto 231

El ayuno riguroso
es penitencia gratísima a Dios.
—Pero,
entre unos y otros, hemos abierto la mano. No importa
—al contrario— que tú,
con la aprobación
de tu Director,
lo practiques frecuentemente.

Comentario

Este punto fue redactado por San Josemaría durante su estancia en Burgos, en el primer semestre de 1938.

Recoge una praxis a la que era muy fiel San Josemaría ya en su época madrileña.


San Josemaría y Pedro Casciaro en Andorra,
tras la travesía a pie de los Pirineos,
pocos meses antes del relato que hace Casciaro
de la penitencia del Fundador en en Burgos.

Pedro Casciaro fue testigo, durante el periodo en el que convivió en Burgos junto al Fundador, del ayuno que practicaba San Josemaría. Escribía Casciaro en su Relación Testimonial, al comienzo de la Causa de Canonización de Josemaría Escrivá (entonces Siervo de Dios):

«En el Hotel Sabadell pagábamos cuatro pesetas por cama. No recuerdo cuánto cobraban por cada comida, pero el precio normal en cualquier modesto restorán de Burgos no era inferior a ocho pesetas.

El Siervo de Dios organizaba las cosas para ir, al acercarse la hora de las comidas, a cumplir algunos encargos con un hijo suyo que solía ser algo distraído; le decía: tú ocúpate de esto y yo de esto otro, y ya nos veremos después de la comida.

Luego, cuando los demás interrogábamos al Siervo de Dios, eludía la pregunta. Su pensamiento sobre el ayuno lo ha dejado escrito en Camino, número 231. En aquella época el Siervo de Dios se confesaba ordinariamente con el P. López Pérez, CMF. Dudo que su confesor se percatara plenamente del rigor de los ayunos del Padre» [1].



[1] Pedro Casciaro, Relación testimonial, 26-VI-1979, Parte II, cap 2, pgs 124-125. Vid P. Casciaro, Soñad, 11ª ed, 1999, pg 149.