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Capítulo
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Punto 454
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Comentario
Seguimos en el tema del «juicio», pero ahora ya no es –al menos directamente– el «juicio» interior, sino el deber de «juzgar» de los que tienen esa misión en el ejercicio de su trabajo o en una «empresa apostólica». El criterio es fundamental y San Josemaría lo subraya por la frecuencia con que se omite. Texto del Cuaderno VI, nº 972, fechado en 1-IV-1933:
San Josemaría usaba, a este propósito, una expresión popular: «oír las dos campanas»: es el criterio práctico que manifiesta las virtudes —prudencia, justicia, fortaleza— del que gobierna [2]. [1] Ese mismo día escribió tres puntos de Camino: 339, 454, 839.
[2] «Cuando tenemos que informar, lo hemos de hacer después de tomar las precauciones humanamente razonables, oyendo las dos campanas, siempre en la presencia de Dios y dispuestos a rectificar» (Instrucción, 31-V-1936, nº 39). «Aun cuando son humanos el error y la precipitación, se evitan muchas equivocaciones, siguiendo la norma que antes os acabo de decir; y, sobre todo, escuchando a los interesados, oyendo todas las campanas: si no, la conciencia exige reparación» (ibidem, nº 45). |